LA AUDIENCIA OBLIGA A JUZGAR A TRES PROFESORAS POR PASIVIDAD ANTE EL ACOSO A UN ALUMNO
El juzgado de primera instancia había archivado la querella presentada por los padres del estudiante acosado.
La directora del colegio Sagrado Corazón así como la orientadora y la tutora de un alumno que había sido víctima de acoso escolar serán juzgadas por un presunto delito contra la integridad moral por haber actuado con pasividad ante la situación de hostigamiento que sufrió el menor. La Audiencia Provincial de Cáceres, en un auto del día 9 de febrero, anula el sobreseimiento de la causa contra las tres profesoras, archivo dictado por el juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Cáceres el pasado 2 de diciembre. Esta resolución fue recurrida por los padres del menor, a quienes da la razón la Audiencia Provincial.
El caso se conoce en pleno debate sobre un asunto de máxima actualidad. Educadores, psicólogos y Administración tratan de dar respuestas a un problema que algunos han llegado a calificar como «cosas de niños», pero que se encuentra en clara revisión tras reabrirse el caso de Diego, un niño de 11 años que se suicidó. «No aguanto ir al colegio» , escribió antes de quitarse la vida.
Los expertos advierten: los casos están sobre la mesa y las herramientas también, cada vez más gracias a Internet y los teléfonos móviles. Según publicó HOY, la Consejería de Educación detectó el curso pasado 87 casos de acoso y violencia escolar. 18 fueron por el uso de nuevas tecnologías.
Caso en Cáceres
El auto de la Audiencia obliga al juzgado a reabrir el caso del alumno cacereño así como a continuar con el procedimiento penal contra las tres profesoras. Entiende que existen indicios de implicación de las denunciadas en un presunto delito contra la integral moral, de acción por omisión.
El origen está en el acoso que sufrió en el centro educativo uno de sus alumnos entre los meses de octubre de 2012 y enero de 2013, cuando tenía 12 años de edad y cursaba primero de Educación Secundaria, ESO. Fue víctima de hostigamiento por parte de cuatro compañeros del centro, con edades comprendidas entre los 15 y los 17 años. Por tal motivo fueron condenados en septiembre de 2013 por el Juzgado de Menores, a realizar tareas socioeducativas durante un año con un contenido formativo educativo individualizado y orientado a desarrollar la empatía y el respeto a los demás. Además, se les prohibía acercarse a la víctima a una distancia inferior a 50 metros.
En aquella sentencia, ratificada después por la Audiencia Provincial en febrero de 2014, se indicaba que los cuatros menores acorralaban en el patio del colegio a su víctima y la aislaban de los amigos y compañeros, además de darle empujones y dirigirse a él con expresiones vejatorias, como la siguiente: «eres un ruso de mierda, vete a tu país». El acoso más grave se produjo el 13 de diciembre de 2013 hasta el punto de que la víctima llegó a sufrir un ataque de ansiedad.
Padres
Los padres del menor también se querellaron contra la directora del colegio, la orientadora y la tutora por entender que no habían intervenido con el rigor necesario para impedir la situación de acoso escolar, es decir que habían actuado con pasividad, mirando para otro lado. Por el contrario, la defensa de las querelladas resaltó que se había actuado de acuerdo con el protocolo legal establecido en estos casos tras tener conocimiento de los incidentes. Por ello, el juzgado de primera instancia decretó el sobreseimiento de la causa, aunque ahora deberá reabrirla por orden de la Audiencia Provincial, que sí ve «indicios mínimamente razonables para que la actuación de los responsables escolares se hubiera orientado acaso de otro modo».
Así, se apunta la posibilidad de que las querelladas deberían haber «manifestado una actividad de mayor rigor e intensidad» ante la situación de acoso continuado, y no como un hecho puntual, que venía sufriendo uno de los alumnos del centro. Asimismo recoge en su auto que no consta que se hubiera actuado a propósito de los presuntos acosadores o agresores ni que haya informes en el colegio que detallen si se produjeron sanciones a los autores más allá de una «amonestación verbal y recriminación» a un grupo de alumnos.